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EDUCACION INFORMAL

 


¿Qué es la educación informal?

Según el Ministerio de Educación, la educación informal es toda educación adquirida en eventos de formación, los cuales tienen como fin brindar oportunidades para completar, renovar, perfeccionar y ahondar saberes, competencias, técnicas y prácticas. La educación informal la puede impartir cualquier persona natural o jurídica.

En este tipo de educación se encuentran todos los diplomados, seminarios, congresos, talleres, cursos, entre otros eventos, que entregan una constancia de asistencia o diploma, es decir que esta formación no otorga ningún título o Certificado de Aptitud Ocupacional (CAO). 


Duración horaria de la educación informal

Siguiendo al Ministerio de Educación, la Educación informal debe tener una duración inferior a 160 horas. Para impartir este tipo de educación no se requiere registro de la Secretaría de Educación. 

¿Cómo se certifica esta educación? 

Como se dijo anteriormente, los cursos de educación informal no se certifican, pues su realización conduce a un diploma o constancia de asistencia. 

Para que este diploma o constancia de asistencia sean válidos, deben contar con los siguientes datos:

  • Nombre del curso, la entidad, individuo o empresa que dictó la formación.
  • Número de horas que duró la formación (menor a 160).
  • Nombre del programa o habilidades y saberes que obtuvo el estudiante.
  • Nombres y apellidos de la persona que asistió a la formación.
  • Número de identificación de la persona que asistió a la formación. 
  • Firma de la entidad, individuo o empresa que dictó la formación.

¿Qué son cursos de educación informal transversales?

Hay algunos cursos de educación informal que son transversales al cumplimiento de las funciones del empleado público, es decir que se encuentran directamente relacionados con los empleos de carrera, independientemente de la dependencia o nivel del cargo de la vacante.

Un ejemplo de esto son los cursos de desarrollo humano, informática, liderazgo, trabajo en equipo, servicio al cliente, planeación de proyectos, entre otros, que están constituidos para apoyar el perfeccionamiento de competencias laborales del empleado. Todos estos cursos apoyan el ejercicio de las funciones de cualquier funcionario del Estado.

Qué tener en cuenta al acreditar educación informal

  • Los documentos que se pretendan presentar como educación informal para el cumplimiento de los Requisitos Mínimos deben especificar la intensidad horaria, pues esto permite saber si el aspirante cumple con este requisito y asignarle un puntaje que es determinado según este número de horas. 
  • Cuando la vacante indique que para cumplir con el Requisito Mínimo el aspirante debe haber visto determinada formación de educación informal con una intensidad horaria específica, esta, para que sea válida, debe cumplir exactamente con estos requerimientos.
  • Los cursos de inducción o promoción que se realicen en procesos de selección de las diferentes entidades, no puntúan en las prueba de Valoración de Antecedentes.
  • Cuando el aspirante aporta un curso de educación informal para que sume puntaje en la prueba de Valoración de Antecedentes, este debe estar relacionado con las funciones del cargo al cual aspira o ser transversal al mismo. 
  • Hay algunos casos en los cuales los acuerdos de convocatoria determinan que este tipo de educación solo será válida si se realizó durante los diez (10) años anteriores a las inscripciones de dicho concurso.
  • Si en la vacante se pide una intensidad horaria específica, no se tendrán en cuenta la aportación de diferentes cursos para sumar dicha intensidad, por ejemplo, si para una vacante se pide una intensidad horaria de 60 horas en un curso de liderazgo y el aspirante aporta dos cursos diferentes de 30 horas cada uno, esta situación invalidará el documento, a menos que en el Acuerdo de Convocatoria esté expresado que ese tipo de acciones pueden ejecutarse. 

Por esta razón es fundamental que se revisen los acuerdos de convocatoria, pues en este documento se encuentran las normas que rigen el concurso de méritos al cual el aspirante se presentará. 

  • Si la vacante no especifica la intensidad horaria de la formación, se puede presentar el curso indicado con cualquier intensidad (menor a 160 horas). No obstante, como se dijo anteriormente, es importante revisar las regulaciones de cada convocatoria para estar seguros de que esta información es correcta. 
  • En los concursos públicos de méritos, el dominio de otros idiomas, no son considerados como cursos transversales. Este tipo de cursos, se tienen en cuenta, únicamente, si se encuentran relacionados con las funciones del cargo. 

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